martes, 12 de julio de 2011

NOTICIA DE LA SEMANA

El Quetzalteco
Martes, 12 de julio de 2011

Mejorarán condiciones laborales

Pacto busca que trabajadores no arriesguen su vida para ganar el pan diario.

Los trabajadores de la construcción inician cada mañana sus tareas con una mano en la herramienta y la otra pidiendo por su integridad, por la falta de seguridad para trabajar.
Una mañana de febrero reciente, Juan Bautista Pérez Martínez murió al derribar una pared en la zona tres altense; en el lugar no se encontró su casco, sólo una gorra empolvada y un crucifijo.
El albañil de 30 años carecía de seguro social, y como había sido contratado por otro trabajador, no se pudo identificar quién debía cubrir los gastos funerarios.
Este caso es una constante en el área de la construcción, donde trabajadores realizan tareas diarias sin los requerimientos mínimos de protección y sin las garantías de que recibirán atención en caso de accidente, o una compensación a la familia si el saldo fuera trágico.
Un estudio del Sindicato de Trabajadores de la Construcción revela que los bajos salarios y la falta de seguridad social son causas de distracción y errores que acarrean accidentes.
La Organización Mundial de la Salud, OMS, registra que cada 10 minutos muere un trabajador por accidente laboral.

Por primera vez, en Guatemala firman un convenio de cooperación y espacio para ponerse de acuerdo: patronos, sindicalistas y Gobierno.

Comentario:

Es grato escuchar noticias de este tipo.  En Guatemala se han denigrado muchos trabajos, que son tan importantes como cualquier otro y por lo tanto no se les ha puesto el cuidado necesario a pesar que el código de trabajo es muy claro en sus artículos, estos son trabajos duros, y sea cual sea su enfoque y percepción, son personas las que lo realizan:

El Código de Trabajo contempla en su:

TITULO QUINTO. HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Capítulo único. Higiene y seguridad en el trabajo

Artículo 197. Todo patrono está obligado a adoptar las precauciones necesarias para proteger eficazmente la vida, la salud y la moralidad de los trabajadores.
Parta este efecto debe proceder, dentro del plazo que determine la Inspección General de Trabajo y de acuerdo con el reglamento o reglamento de este capítulo, a introducir por su cuenta todas las medidas de higiene y de seguridad en los lugares de trabajo que sirvan para dar cumplimiento a la obligación anterior.


Artículo 198. Todo patrono está obligado a acatar y hacer cumplir las medidas que indique el Instituto
Guatemalteco de Seguridad Social con el fin de prevenir el acaecimiento de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales.

Artículo 199. Los trabajos a domicilio o de familia quedan sometidos a las disposiciones de los dos artículos anteriores, pero las respectivas obligaciones recaen, según el caso, sobre los trabajadores o sobre el jefe de familia.
Trabajo de familia es el que se ejecuta por los cónyuges, los que viven como tales o sus ascendientes y descendientes, en beneficio común y en el lugar donde ellos habiten.

Nuestro código expresa sus artículos con mucha claridad, y en uno de ellos dice que aunque sean trabajos a domicilio, contratados por personas particulares, se deben tomar en cuenta los mismos estatutos, aun mas si son entidades grandes quienes contratan los servicios de los albañiles en este caso, como lo nombraba en el comentario de El Quetzalteco, están asustados ya que se han conocido muchos accidentes de, en este caso albañiles, que realizando su trabajo encuentran la muerte, por no cumplir con las medidas de seguridad adecuadas.

Al principio mencioné que era algo importante, ya que de poco en poco se pueden lograr muchos beneficios.  La mayoría de los empresarios no se han sentado a leer y analizar el Código de Trabajo como se debe; sus empleados tienen miedo de solicitar vacaciones, les pagan cuando “los empresarios pueden” o se recuerdan, no supervisan si sus colaboradores tienen los recursos necesarios para el buen desempeño en sus labores (que tiene que ver más con RRHH), pero si no se contara con este departamento, aun así debe realizarse; también podemos notar en la actualidad, que dejan a los empleados más tiempo de lo estipulado y no les cuenta como horas extras, creo que no me alcanzaría el tiempo para enumerar las injusticias cometidas hacia los empleados.

Con todo lo malo que vemos actualmente, a veces quiero pensar que los humanos nos hemos propuesto a mejorar, y esta es una de las noticias que me hacen pensar eso; el hecho que se preocupen por aquellos que más lo necesitan, es un acto de humanidad.

Ningún tipo de trabajo es denigrante, pero vivimos en un país en el cual los que más tienen se creen los dueños de todo, y dejan a un lado a todas aquellas personas que diario luchan por obtener unos centavos para sobrevivir, si lo logran.

Creo que este tipo de eventualidades harán conciencia sobre aquellos que aun no conocen sus obligaciones como patronos, ayudará a que el colaborador desarrolle su trabajo con motivación y los riesgos en una labor sean menores.  Además, es un avance para que los dueños de entidades conozcan realmente cómo y por qué se contratan a terceros, deben conocer que si lo hacen es porque necesitan personas capacitadas y que sin ellos, su empresa no funcionaría de la misma manera.  Con el nuevo trato hacia los colaboradores empezando porque ya no son denominados como un recurso, sino como personas que son y que poseen talentos y habilidades, se dará un gran paso a lograr que sean respetados, desde cualquier nivel jerárquico, porque no los hace menos personas el barrer un edificio, al contrario, sin ellos no sería digno entrar a determinadas instalaciones.

Al tratar a las personas como lo que son, entonces los patronos valorarán realmente su trabajo, sabrán que la labor que realizan es un talento que quien los contrató no poseen y por ello los necesitan, y así comprenderán que deberán ser tratados de forma respetuosa, tanto como personas como empleados, que tienen derechos, que deberán ser respetados al pie de la letra y según las leyes que los amparan, pero también tienen obligaciones que deberán cumplir para el correcto funcionamiento del lugar al que prestan sus servicios.


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